sábado, 6 de junio de 2009

COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

El Presidente de la República promulgò el reglamento para las contrataciones del Estado y en uso de sus artìculos establece como obligatoria la responsabilidad especial de las empresas favorecidas con las obras.
Prevè igualmente la fianza laboral y la declaraciòn jurada que compremete al contratista a cumplir con los proyectos de responsabilidad social que van desde crear empleo, hasta ejecutar desarrollos para la comunidad y venta de bienes a precios solidarios.
Entre algunos de los artìculos tenemos:
Art. 34: El compromiso de la responsabilidad social serà requerido en todas las ofertas presentadas en la Ley de Contrataciones Públicas, así como, en los procedimientos excluidos de la aplicaciòn en estàs, cuyo monto total, incluidos los tributos, superen las dos mil quinientas(2500) unidades tributarias.
Art. 35: Para el suministro de bienes, prestaciòn de servicios o ejecuciòn de obras, se establece para el compromiso de responsabilidad social un valor mìnimo de uno porciento (1%) y un valor màximo del cinco porciento (5%) del monto del contrato suscrito, el cual asumiràn los contratistas beneficiarios de la adjudicaciòn del mismo. Los òrganos o entes contratates deberàn fijar los porcentajes a ser aplicados a cada condiciòn de Compromiso de Responsabilidad Social.
Artìculos 36: A los fines de garantizar el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social, el plazo de ejecuciòn de la obra o proyecto social debe ser menor al plazo de la ejecuciòn de la actividad u objeto del contrato principal, para asegurar su terminaciòn y entrega a entera satisfacciòn de la comunidad beneficiada, antes o en la misma fecha del cierre administrativo del contrato, para ello se estipularà el compromiso ofrecido en las cláusulas del contrato que se suscriba.
Artículo 38: Los oferentes en las modalidades de seleccciòn de Contratistas previstas en la Ley de Contrataciones Pùblicas, así como en los procedimientos excluidos de la aplicación de estas modalidades deben presentar, junto con las ofertas, una declaraciòn jurada mediante la cual especifique el Compromiso de Responsabilidad Social ofrecido.
Artìculo 41: El Compromiso de Responsabilidad Social puede ser aplicado mediante proyectos sociales los cuales seràn constituidos por la informaciòn de las necesidades del entorno social del òrgano o ente contratante o de las comunidades organizadas ubicadas en las àreas de influencia de los mismos y serviràn de base para incorporarlos en los pliegos o condiciones de contrataciòn en las diferentes modalidades de selecciòn de los contratistas. Estos proyectos comprenderàn:
  • La ejecuciòn de proyectos de desarrollo socio comunitario.
  • La creaciòn de nuevos empleos permanentes.
  • Formación socioproductiva de integrantes de la comunidad.
  • Venta de bienes a precios solidarios o al costo.
  • Aporte en especies a programas sociales determinados por el Estado o a instituciones sin fines de lucro.
  • Cualquier otro que satisfaga las necesidades prioritarias del entorno social del òrgano contratante.

Espero comentarios.

Lic.Esp. Morella Paradas

Eje Sociocrítico

33 comentarios:

  1. Durvi Coronado
    El Gobierno pretende con esta Ley como su nombre lo indica crear un compromiso social al ente ejecutante de cualquier obra pública, estos proyectos pueden ser: Jornadas médicas, pintar escuelas, pintar ambulatorios y/o hospitales, asfaltar calles, domación de combos alimenticios a personas de escasos recursos. Dicha responsabilidad no obligatoriamente puede desarrollarse dentro del ambito geográfico que se desarrolla elmproyecto. De no cumplir con este requisito de ley el ente contratante puede no otorgar la valuación de pago final o finiquito de Obra. Es importante acotar que las Empresas de producción social tambien cumplen con este requisito pero en forma de Oferta Social

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  2. La responsabilidad social empresarial (RSE), puede definirse como la contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas, generalmente con el objetivo de mejorar su situación competitiva y valorativa y su valor añadido.

    Mucho se habla en la actualidad sobre el tema de Responsabilidad Social, tanto a nivel nacional como internacional. Hoy en día, se plantea la necesidad de conformar un Estado que garantice a los ciudadanos y ciudadanas: una mejora en su calidad de vida, que se traduce en promover justicia social, democracia, paz, derechos humanos, cultura, educación, salud, así como el desarrollo integral de la Nación.

    En Venezuela, el Gobierno Bolivariano con la intención de fortalecer el desarrollo económico y social del país y dar cumplimiento al “Compromiso de Responsabilidad Social”, a todas aquellas empresas privadas y cooperativas que formarán parte de las contrataciones del Estado, estableció el decreto 4. 998, publicado el 20 de noviembre de 2006, en la Gaceta Oficial N° 38.567.

    Este mecanismo legal cumple con el objetivo de garantizar al colectivo una mejor calidad vida a través de la articulación de estrategias económicas, que generen servicios accesibles en los sectores más populares de la Nación.

    Enmarcado en este compromiso con el pueblo venezolano, el Estado promovió la participación activa de las diferentes organizaciones sociales con el fin de contribuir con la creación de nuevas empresas de propiedad social y propiciar la formación para el trabajo de los miembros de las comunidades, los cuales están amparados en el artículo Nº 299, de nuestra Carta Magna que garantiza a los ciudadanos y ciudadanas la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía.

    Es así como el Estado junto con la iniciativa privada, promueve el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país en pro de una justa distribución de la riqueza.

    Lo antes expuesto permite que las instituciones del Gobierno Bolivariano de la mano con las empresas privadas y cooperativas asuman un rol más activo con las comunidades y su entorno.

    Esta estrategia de acción se convierte en una contribución directa y voluntaria para el mejoramiento social, económico y ambiental de todos los venezolanos. Valor agregado que nos permite evolucionar en el tiempo en cada una de las necesidades que plantea el colectivo.

    La Responsabilidad Social se muestra entonces, como el vínculo más fuerte que tiene el Estado con el poder comunal, que busca desarrollar la participación y la inclusión de todos los ciudadanos, en un compromiso con los verdaderos actores del cambio: el Pueblo.

    Para culminar mi comentario pienso que el marco juridico de esta ley es muy interesenta ya que su principales beneficiarios son las comunidades, contrario a otros gobiernos nunca se preocuparon por el bienestar del pueblo sin ánimo de caer en politiqueria........... sino de reconocer los logros de este gobierno

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  3. La RSE no constituye simplemente la buena voluntad para donar recursos a proyectos de interés social, sino que debe formar parte integral de la gestión de la empresa. Quienes desarrollan estrategias adecuadas de responsabilidad social obtienen múltiples ventajas en su ejercicio: mejora el clima de la organización, y eleva la credibilidad y legitimidad ante la sociedad (reputación), y la fidelización de marca, dando como resultado el incremento de la productividad, competitividad, mejor ambiente laboral y los beneficios económicos.


    Según lo expuesto anteriormente en el blog los contratistas estarán OBLIGADOS a financiar proyectos de responsabilidad social este será un condicional para cancelar el total de las obras ejecutadas por estas. Y deben hacer saber cual será el carácter de su responsabilidad cuando emitan sus ofertas para optar por los contratos


    participante: Erika Valera
    C:I. 16065670

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  4. a través de la ley promulgada por el presidente y e nuevo regalamento de contrataciones publicas se establece, que las empresas de contraciones publicas, como tambien las empresas de producción social deben crear un compromiso con la comunidades, con el fin de generar empleo con la finalidad de beneficiar las mismas, estos se pude realizar a través de proyectos comunitarios o socio integradores que satisfagan las necesidades de las comunidades.
    sin embargo el compromiso de responsabilidad social es obligatorio

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  5. Participante: Neida Martinez
    Catedra: Eje Socio Crítico
    Prof: Morella Paradas

    Podemos decir que las Responsabilidad Social de los Entes Públicos, debe ir más haya del cumplimiento de las Leyes y las Normas, sino también ayudando en el ámbito social, económico y ambiental de las comunidades. Las Instituciones públicas deben desarrollar un conjunto de acciones que tengan repercusión positiva sobre la sociedad y que se afirmen los principios y valores por los cuales se rigen. Tanto en sus propias normas como en su relación con los demás.

    El 14 de marzo de 2008 fue publicada en Gaceta la Ley de Contrataciones Públicas, derogando la Ley de Licitaciones de 2001, en ella se plasmaron una serie de cambios. Estableciendo la alianza de las comunidades con las Contratistas e incorporando la fuerza de trabajo a sus actividades. Potenciando la integración de emprendedores sociales y organizaciones comunitarias. Tratando de invertir en Proyectos que ayuden a mejorar el nivel de v ida de personas sin recurso.
    Entre las innovaciones introducidas encontramos que la Ley de Contrataciones Públicas ampliamente incrementa las situaciones en las que se permite la adjudicación directa. Los procedimientos son regulados más estrictamente y se establecen plazos cortos para la presentación de ofertas. En cuanto a las preferencias, se mantienen las normas utilizadas en la Ley de Licitaciones, pero se incluyen nuevas preferencias para los Consejos Comunales y se ordena la introducción del “compromiso de responsabilidad social” en los pliegos.
    Se introducen elementos propios del régimen de la contratación administrativa (para los contratos de obras, muchos de estos elementos estaban en las Condiciones Generales de Contratación), que regirán los contratos que se suscriban, relativas a:
    -Monto y forma de las garantías de anticipo, fiel cumplimiento, laboral y póliza de responsabilidad civil.
    -Anticipos.
    -Modificaciones, ampliaciones y ajustes de precio.
    -Inspecciones y fiscalizaciones de la obra
    -Terminación del contrato, aceptación provisional y definitiva, y causales de terminación unilateral.
    -Pagos.

    Selección de Contratistas
    Los Consejos Comunales, con los recursos asignados por los órganos o entes del Estado, podrán aplicar las modalidades de selección de contratistas para promover la participación de las personas y de organizaciones comunitarias para el trabajo, de su entorno o localidad, preferiblemente.

    Comisiones Comunales de Contratación:

    Los Consejos Comunales seleccionarán en asamblea de ciudadanos y ciudadanas los miembros que formarán parte de la Comisión Comunal de Contrataciones, la cual estará conformada por un número impar de al menos cinco (5) miembros principales con sus
    respectivos suplentes, igualmente se designará un secretario con derecho a voz, mas no a voto y sus decisiones serán validadas por la Asamblea, siendo regulado su funcionamiento en el Reglamento de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

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  6. Materia: EJE SOCIOCRITICO. Participante: Carmen G. Salcedo

    Hola, a mi manera de ver la Aprobación de esta Ley afecta positivamente a las personas, pues va a beneficiar comunidades.
    Recientemente Venezuela ha aprobado su propio reglamento al respecto de los contratos públicos, con una línea muy distinta: el obligado "compromiso de Responsabilidad Social" para las empresas contratantes. El pasado 14 de marzo de 2008 fue publicada en Gaceta Oficial la Ley de Contrataciones Públicas, instrumento que establece las normas aplicables a los procedimientos de contratación pública y a algunos aspectos de su ejecución. La nueva norma deroga así a la Ley de Licitaciones de 2001.
    En El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, tiene por objeto regular la actividad del Estado para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, con la finalidad de preservar el patrimonio público, fortalecer la soberanía, desarrollar la capacidad productiva y asegurar la transparencia de las actuaciones de los órganos y entes sujetos al Presente Decreto, de manera de coadyuvar al crecimiento sostenido y diversificado de la economía. respetando los principios de economía, planificación, transparencia, honestidad, eficiencia, igualdad, competencia, publicidad y deberán promover la participación popular a través de cualquier forma asociativa de producción.
    Los principales cambios introducidos con respecto a la Ley de Licitaciones son los siguientes:

    1.Se incluyen como obligados a “los consejos comunales o cualquier otra organización comunitaria de base que maneje fondos públicos”.
    Compromiso de responsabilidad Social:
    -Preferencia en calificación y evaluación a oferentes constituidos con iniciativa local en el área donde se desarrolle la actividad contratada.

    2. Se excluyen de la aplicación de las modalidades de selección:
    -Los convenios de cooperación y empresas mixtas (exclusión de la ley).
    -Los proyectos “encomendados a los órganos o entes de la administración pública”.
    -Las alianzas comerciales y estratégicas para la adquisición de bienes y la prestación de servicios entre los particulares y los órganos o entes contratantes.
    3. Se amplían los supuestos en los cuáles se puede proceder por adjudicación directa. Entre las nuevas causales están:
    -Adquisición de bienes, servicios u obras para su comercialización a terceros consumidores.
    -Contrataciones que puedan comprometer secretos comerciales otorgando ventajas competitivas a los competidores del ente.
    -Contratos suscritos en el marco de convenios de aprovisionamiento.
    -En obras de construcción ejecutadas directamente por órganos del Estado, cualquier subcontratación que no exceda del 50% del monto del proyecto.
    -Contratos con pequeños y medianos productores agrícolas.
    -Contratos suscritos en Estados de Excepción.
    -Contratos de urgente necesidad para la seguridad y defensa.
    -Contratos de adquisición de alimentos y medicamentos de primera necesidad, certificados como de no-producción o producción insuficiente.

    4. Se prohíbe el fraccionamiento de contratos.

    En resumen, el compromiso de Responsabilidad Social será obligatorio para contratos a partir de un determinado importe, y éste es cuantificable entre el 1 y el 5% del importe del contrato. Aunque en nuestro país, son muchas las empresas que muestran efectivamente sensibilidad social. Lo importante y lo positivo es que si hay responsabilidad social de las empresas en Venezuela, lo que se puede palpar en obras concretas, en escuelas construidas, en mantenimiento de áreas verdes para el esparcimiento, en donaciones a instituciones hospitalarias y comunidades de menores recursos, y en estimulo a las habilidades creativas, en fin en la solidaridad que se verifica en resultados para un mejor país, logrando la sensibilidad social de las Instituciones productivas hacia las clases menos favorecidas. Puesto que La Responsabilidad Social, conlleva a la contribución de las organizaciones al mejoramiento social y económico de las comunidades.

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  7. Para nosotros como estudiantes, representa la oportunidad de obtener financiamiento en la elaboración y ejecución de los proyectos que generemos, ya que el programa de responsabilidad social se centra básicamente en la participación y acompañamiento de proyectos socio productivos que contribuyan al desarrollo de las comunidades.

    En la actualidad las empresas están llamadas a impulsar y conformar el nuevo modelo de producción, distinto al tradicional, con énfasis en el desarrollo humano integral mediante la ejecución de proyectos socio productivos y comunitarios, creación de nuevos puestos de trabajo permanente, formación socio productiva de integrantes de la comunidad que contribuyan a mejorar las condiciones para una existencia digna y provechosa del colectivo. Este modelo de responsabilidad social, trata de fomentar el equilibrio entre el estado el sector privado y la economía popular.
    En este sentido, cuando a una empresa se le otorga la buena pro en un proceso de licitación, es porque ya cumple con los requerimientos técnicos exigidos por el programa de responsabilidad social, por lo que nuestros proyectos pueden ser considerados por estas organizaciones empresariales como un medio para cumplir con el compromiso social y contribuir asì al desarrollo economico de la zona.

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  8. Luz Araujo
    La Ley de Compromiso de Responsabilidad Social para los Contratistas es de gran influencia para nuestro país ya que a través de ella se asegura que las empresas contratistas cumplan con sus obligaciones y tenga la máxima responsabilidad y compromiso absoluto con las obras adquiridas al momento de su construcción y de entrega completa en el plazo el cual fue estipulado y exista plena satisfacción entre las diferentes partes tanto del beneficiario de la obra como el del constructor de la misma. De igual forma esta permite a que se ejecuten obras en base a proyectos sociales que sean para beneficio de las comunidades necesitadas generando así nuevas fuentes de empleos y proyectando las comunidades.

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  9. Roxana Rivera
    Tanto a nivel nacional como internacional se habla de "La Responsabilidad Social" en la actualidad es un tema que plantea la necesidad de conformar un Estado que garantice a sus ciudadanos una mejora en su calidad de vida, que a traves de estrategias economicas generan servicios accesibles en todos los sectores del pais.
    En nuestro pais recientemente se aprobo el reglamento de los contratos publicos, con la finalidad de fortalecer el desarrollo economico y social del pais y dar cumplimiento al "Compromiso de Responsabilidad Social" a todas aquellas empresas contratantes. Este compromiso puede ser aplicado mediante proyectos sociales constituidos por necesidades del entorno social del organo, ente contratante o comunidades organizadas a traves de ejecucion de proyectos de desarrollo comunitario, creacion de nuevos empleos permanente, venta de bienes y servicios a precios solidarios, aporte en dinero o especies a programas sociales, entre otros.
    Este compromiso sera obligatorio para contratos a partir de un determinado importe y este es cuantificable entre el 1 y el 5% del importe del contrato;las condiciones particulares seran fijados por la entidad publica contratante.
    De esta manera el Estado promueve el mejoramiento social, economico y ambiental de la nacion desarrollando la participacion e inclusion de todos los ciudadanos generando fuentes de trabajo y elevando el nivel de vida del pueblo.

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  10. Este decreto está dirigido a garantizar el cumplimiento por parte de los contratistas en un plazo estipulado para la ejecución de una obra o proyecto determinado, la cual está orientada a beneficiar a la comunidad creando fuentes de empleos y desarrollando actividades que solucionen las necesidades existentes, así como también ofrecer precios solidarios por las ventas de los bienes.
    Cabe mencionar que las empresas favorecidas por la aprobación de la obra o proyecto deberán prestar ayuda a la comunidad donde se realice dicho proyecto; Por medio de un porcentaje del monto total a ejecutar; siendo destinado este proyecto a satisfacer algún tipo de necesidad latente, para acotar con los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional de negociación

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  11. Nicaulys Suárez
    El Presidente de la República quiere con este reglamento que las contratistas realicen proyectos sociales con la finalidad de dar cumplimiento a la responsabilidad social con una nueva visión y conciencia para asumir compromisos hacia la comunidad, tales como: Donaciones a Centros Educativos, de Salud y Deporte, solucionar problemas de agua potable y saneamiento, a través de las mesas técnicas de aguas y los Consejos Comunales quienes son los que conocen los problemas de la comunidad, así como también, educar y motivar a los niños y a la comunidad en la protección ambiental, la prevención de la contaminación y al mejoramiento continuo del mismo, entre otros., estos proyectos sociales se harán en base de uno a cinco porciento del monto del contrato suscrito. Las Contratistas antes de terminar su obra, estas tendrán que terminar sus proyectos sociales antes de lo establecido en el contrato.

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  12. Saludos...
    La Responsabilidad social.
    Edilberto Contreras

    El gobierno nacional, esta implementando la Ley de Responsabilidad Social con la intención de que el sector empresarial contribuya a disminuir la tasa de desempleo, se realicen inversiones de infraestructura como por ejemplo:la construccion de instituciones públicas, el mejoramiento de la vialidad, en fin....la realización de obras de interes social, que ayuden a lograr la mayor suma de felicidad posible; asi como empresas productivas que contribuyan con la venta de bienes a precios solidarios o al costo.

    Todo esto es muy interesante siempre y cuando se establescan los controles necesarios para que se cumpla en la realidad y se deje a un lado los intereses mesquinos y personales de los que deben hacer que se ejecuten todas estas intenciones pues los hechos han demostrado a lo largo de la historia de nuestro país que los gobernantes en una gran mayoría lo que menos le preocupa es el mejoramiento del bienestar social.

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  13. Zuleima Estrada.
    El compromiso social que se deben cumplir; las empresas que pretenden licitar para elaborar proyectos en conjunto con el gobierno este ultimo ente ha colocado en el tapete de la nuevas politicas del pais la modalidad que se debe realizar una contribucion del 1% del total de sus contratacion, y el porcentaje puede variar dependiendo el monto total desde 1 hasta el 3%, tambien a esta modalidad tambien se le llama oferta social, el cual consiste en elaborar antes de la culminacion del proyecto una labor en la comunidad donde desarrollo su proyecto o en comunidades aledañas al mismo esta contribucion debe mejorar la calidad de los servicios publicos o participar en la creacion de empleos dignos para los ciudadanos que habitan en ese domicilio. en cuanto al compromiso de los ciudadanos es el aporte sin fines de lucro que se debe hacer para colaborar con la elaboracion de algunas obras fuera de los horarios de trabajo de cada individuo, para mejorar los servicios de la comunidad.

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  14. yamilet torrealba.
    El sistema venezolano en la actualidad ha sufirdo varios cambios con la finalidad de dejar atras la economia capitalista y transformar la filosofia de ganancias en beneficios para la comunidad; por tal razon ha venido surgiendo al idea de las empresas de dproduccion social las cuales cumpliran con los objetivos de apalear las necesidades o carencias existentes en la comunidad.estas figuras entran ene le escenario nacional para guiar al pueblo venezolano por la via del socialismo.

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  15. zonia salas.
    compromiso de responsabilidad social que tiene toda aquella empresa publica o privada (contratista)de beneficar a las comunidades. en cuanto a proyectos sociales de acuerdo a sus necesiades, empleo, formacion socio-productiva o cualquier proyecto que pueda satisfacer las necesidades de la comunidad. tomando en cuenta que la comunidad este organizada.

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  16. Ana Páez
    En promulgación hecha por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela se establece el reglamento para las contrataciones del Estado y establece obligatoriamente la Responsabilidad Especial de las empresas que sean favorecidas con las obras. El contratista en una declaración jurada se compromete a cumplir con los proyectos de responsabilidad social como son: crear empleos, ejecutar desarrollos para la comunidad y hasta vender bienes a precios solidarios, el valor establecido para el compromiso de Responsabilidad Social oscila entre un mínimo de 1% y máximo del 5% del monto del contrato suscrito y serán los órganos o entes contratantes quienes fijaran los porcentajes a ser aplicados a cada condición del compromiso de responsabilidad social; es importante destacar que el plazo de la ejecución de la obra o proyecto social debe ser menor al plazo de la ejecución de la actividad del contrato principal con el objeto de asegurar su terminación y entrega a la comunidad beneficiada.
    Cabe señalar que el compromiso de la Responsabilidad Social también puede ser aplicado mediante proyectos sociales a través de la información dada por el órgano o ente contratante de las comunidades organizadas donde se establecen las necesidades del entorno social donde están ubicadas las obras a desarrollar por el contratante, entre estas están: La ejecución de proyectos de interés social, venta de bienes a precios solidarios o al costo, aportes en especie a programas sociales a instituciones sin fines de lucro o cualquier otra determinada por el Estado y así como las que satisfagan las necesidades prioritarias del entorno social.

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  17. marines mosquera 16.883.011
    Al exponer sobre responsabilidad, compromiso y sociedad, implica la interrelación de varios aspectos. Por lo tanto, el tema además de interesante, es bastante polémico ya que muchos conceptos, son interpretados y vividos de manera diferente por cada uno de nosotros.

    Antes de abordar en profundidad el tema me permitiré analizar algunos aspectos:
    lla Moral: Se entiende como un sistema de juicios de valor que hacen parte de la cultura de una sociedad o comunidad humana, mediante el cual esa comunidad califica como buenos o malos los actos de las personas que pertenecen en ella.
    los Principios: Son normas de conducta propias que la misma persona ha tomado y por las cuales rige sus actos.
    el valor: En sentido moral es una cualidad especial que contiene un acto humano y que lo hace bueno.
    y por ultimo la ètica: es una reflexión filosófica, objetiva, racional que se hace sobre la moral. Es proponer valores universalmente validos.

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  18. marines mosquera 16.883.011
    Al exponer sobre responsabilidad, compromiso y sociedad, implica la interrelación de varios aspectos. Por lo tanto, el tema además de interesante, es bastante polémico ya que muchos conceptos, son interpretados y vividos de manera diferente por cada uno de nosotros.

    Antes de abordar en profundidad el tema me permitiré analizar algunos aspectos:
    lla Moral: Se entiende como un sistema de juicios de valor que hacen parte de la cultura de una sociedad o comunidad humana, mediante el cual esa comunidad califica como buenos o malos los actos de las personas que pertenecen en ella.
    los Principios: Son normas de conducta propias que la misma persona ha tomado y por las cuales rige sus actos.
    el valor: En sentido moral es una cualidad especial que contiene un acto humano y que lo hace bueno.
    y por ultimo la ètica: es una reflexión filosófica, objetiva, racional que se hace sobre la moral. Es proponer valores universalmente validos.

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  19. marines mosquera
    Recientemente Venezuela ha estudiado su propio reglamento al respecto de los contratos públicos, con una línea muy distinta: el obligado "compromiso de Responsabilidad Social" para las empresas contratantes. Esta normativa contempla pues de manera expresa la modalidad de “compromiso de Responsabilidad Social” específicamente en el artículo 6, numeral 19 el cual señala:
    “Artículo 19. Compromiso de Responsabilidad Social: Son todos aquellos acuerdos que los oferentes establecen en su oferta, para la atención de por lo menos una de las demandas sociales relacionadas con: 1. La ejecución de proyectos de desarrollo socio comunitario. 2. La creación de nuevos empleos permanentes. 3. Formación socio productiva de integrantes de la comunidad. 4. Venta de bienes a precios solidarios o al costo. 5. Aportes en dinero o especies a programas sociales determinados por el Estado o a instituciones sin fines de lucro y 6. Cualquier otro que satisfaga las necesidades prioritarias del entorno social del órgano o ente contratante."

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  20. marines mosquera
    El nuevo Reglamento de la citada Ley de Contrataciones Públicas publicado en la Gaceta Oficial N° 39.181, del 19 de mayo de 2009, apunta en su articulado lo siguiente:

    "Artículo 34. El compromiso de responsabilidad social será requerido en todas las ofertas presentadas en las modalidades de selección de Contratistas previstas en la Ley de Contrataciones Públicas, así como, en los procedimientos excluidos de la aplicación de éstas, cuyo monto total, incluidos los tributos, superen las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U.T.).

    “Artículo 35. Para el suministro de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras, se establece para el Compromiso de Responsabilidad Social un valor mínimo de uno por ciento (1%) y un valor máximo del cinco por ciento (5%) del monto del contrato suscrito, el cual asumirán los Contratistas beneficiarios de la adjudicación del mismo. Los órganos o entes contratantes deberán fijar los porcentajes a ser aplicados a cada condición del Compromiso de Responsabilidad Social, así como, establecer categorías o escalas proporcionales con base en los montos de los contratos a ser suscritos."

    En resumen, el compromiso de Responsabilidad Social será obligatorio para contratos a partir de un determinado importe, y éste es cuantificable entre el 1 y el 5% del importe del contrato. Las condiciones particulares debe fijarlas la entidad pública contratante.

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  21. ZAIDA BRICEÑO V.- 17696400
    COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL.

    El presidente de la República promulgó el reglamento para las Contrataciones del Estado; actualmente la Ley de Contrataciones Públicas es la Nº 5929 de fecha 11/03/2008, la cual fue publicada en Gaceta Oficianl Nº 5877 el 14 de Marzo del 2008, la cual tiene por obejto: regular la actividad del Estado para la adquisición de bienes de prestacion de servicios y ejecución de obras, con la finalidad de preservar el patrimonio público, fortalecer la soberanía, desarrollar la capacidad productiva y asegurar la transparencia de las actuaciones de los orgános y entes sujetos al Decreto de manera de coayuvar al crecimiento sostenido y diversificado; se desarrollarán respetando los principios de economía, planificacion, transparencia, honestidad, eficiencia, igualdad, competencia.
    La responsabilidad social la debe asumir toda empresa a la hora de contratar y llevar a ejecución un proyecto de obra, presentando una declaración jurada que lo comprometa a cumplir con los proyectos en las comunidades a través de un porcentaje de 5 a un máximo de 5% como valor del contrato suscrito; el mismo se puede presentar a través de la ejecución de obras, ventas de bienes a precios solidarios contribuyendo con la organización y fortalecimiento de neustras comunidades en el ejercicio de la participación y el protagonismo de los pueblos en la busqueda de la solución de sus problemmas. Asimismo las empresas pueden coadyuvar a contribuir junto con el Estado al desarrollo de planes sociales establecidos en el Proyecto Nacional o facilitar los insumos a las comundiades a precios de costos.
    A través de esta ley se le da más pdoer al pueblo representado por los Consejos Comunales según el Art. 17 de esta Ley le otorga a los Consejos Comunales la posibilidad de aplicar algunas modalidades existentes para la selección de contratistas con la finalidad de promover con preferencia la participación de personas y organziaciones comunitarias para el trabajo de su localidad o entorno.
    Se establece una alianza estrategica en las comunidades representadas a través de la Comisión Comunal de Contrataciones.
    La LCP, le otorga la facultad a los Consejos Comunales como orgános de participación ciudadana para realizar contrataciones de obras y adquisición de bienes y/o servicios, seleccionando el tipo de contratación de acuerdo a sus requerimientos, preferiblemente por consulta de precios y de esta manera brindar soluciones a las necesidades más urgentes y cercanas a la comunidad.
    Contralores somos Todos!.

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  22. arlenis vielma 17.605.017
    compromiso de la responsabilidad social

    Existen tres áreas en las cuales la RSE evolucionará de cara al futuro. En primer lugar, se tienen que sistematizar las prácticas actuales, articulándose en un paradigma de desarrollo social, el cual le otorgará sentido a los diversos proyectos que se desarrollen hacia el futuro; el paradigma del Capital Social ha cumplido, en parte, esa función en tiempos recientes. El énfasis al fomento del Capital Social, como ingrediente fundamental para que la población supere sus actuales niveles de vida, es un punto que se puede convertir en el elemento coordinador del nuevo paradigma de desarrollo social. En cualquier caso, este paradigma de desarrollo tiene que ser discutido y reflexionado por todos los actores sociales involucrados en el desarrollo del país. Es decir, debe provenir de un amplio consenso entre todos los actores sociales. De esta manera podría aglutinar a su alrededor los esfuerzos de la sociedad para su consecución. El sector empresarial privado puede jugar un rol importante en este proceso.
    En segundo lugar, la RS tiene que involucrar, orgánicamente, a todos los miembros de las empresas que realizan esos proyectos. Se ha señalado que la adopción de políticas de RSE implica cambios internos en las organizaciones de las empresas. En cierta manera, implica una nueva visión empresarial que trasciende lo filantrópico, constituyendo una nueva conciencia empresarial; un compromiso ético entre la empresa y los actores sociales. Cuando se habla de empresa, en este contexto, se incluye a los trabajadores, empleados, obreros, etc. Una empresa socialmente responsable tiene una nueva imagen ante la sociedad y los consumidores, por ello los trabajadores se sienten identificados con ella. Es decir, la RS mejora el espíritu de cuerpo de una empresa y refuerza las tendencias integradoras de ella. Igualmente, motiva a los miembros de las empresas para emprender más y mejores proyectos de RSE. Si a esto se le añade el aumento en la rentabilidad, entonces se concluye que la RSE tiene efectos benéficos dentro de las empresas.
    Finalmente, las prácticas de RS deben tener una proyección más agresiva hacia las comunidades en las cuales se realizan, al igual que hacia el resto de la población. Muchas veces, las políticas de RS de las empresas no son suficientemente difundidas entre los grupos sociales que, en teoría, son los beneficiarios de ellas. Para paliar esto, existe la difundida práctica de las auditorias sociales. Sin embargo, hay que ir más allá; como parte de las políticas de RS, se deberían fomentar prácticas de contraloría social, en las cuales sean los grupos sociales afectados los que controlen la ejecución de los proyectos que los beneficien. Un componente importante de la contraloría social es la presentación, por parte de las empresas, del llamado balance social, o estado de cuenta de la labor de las empresas en materia social. El balance social no sólo es importante para la evaluación de las prácticas de RSE de una empresa, sino que asegura la difusión y divulgación de estos programas en las comunidades en las que estos se ejecutan. De esta forma, los planes de RSE de las empresas serán conocidos por todos los actores involucrados, permitiendo que puedan enriquecerse con el aporte de otras perspectivas y puntos de vista.

    Es necesario recordar que el impacto de la RS en los problemas de las comunidades y, a la larga, en el desarrollo de los países, depende de la adecuada articulación con las políticas del Estado y las necesidades de las comunidades. El logro de consensos entre actores e instancias de poder es vital para asegurar que los objetivos de la RSE no se queden en la satisfacción puntual de las necesidades de las comunidades pobres, sino para que se traduzcan en la superación de las condiciones sociales que hacen que los pobres sigan siendo pobres.

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  23. Buenas noches al fin entre
    Me parece muy ecertada la politica del Ejecutivo Nacional sobre la Responsabilidad Social de las empresas que contarten con el Estado, es justo que estas empresas dediquen o inviertan un porcentaje de sus ganacias en las comunidades, esta es una forma de obtener buenos resultados y en un corto tiempo en lo que respecta a infraestructura, servicios, vialidad, desempleo, etc. Con esta medida tambien se puede lograr que las empresas se solidericen mas con las comunidades y estas que realicen un mejor control perceptivo de las obras. Por donde se vea el beneficio es importanticimo tomese desde el punto de vista economico o social, con esto estamos dando un paso mas que la trasformacion de la conducta del hombre se mejore al estar mas en contacto cuando se logran juntar intereses comunes.

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  24. Freddy Briceño. V-14556040
    Responsabilidad Social.

    Podemos decir que la Responsabilidad Social y la propuesta del Gobierno es contribuir al crecimiento y evolución del mejoramiento a lo Social, Económico, Ambiental por parte de las empresas en pro del crecimiento competitivo y desarrollo.
    Por otra parte la Responsabilidad Social que busca el gobierno es dar cumplimiento a las obras publicas en tiempo determinado para una mejor calidad de vida mediante proyectos que van a contribuir al sector social, de esta manera el Gobierno busca fortalecer lo que otros Gobiernos no han podido lograr con una mayor eficiencia.
    En general la propuesta que esta en marcha busca que las responsabilidades que se entreguen para la transformación y cambios de la comunidad se logren en todos los sentidos desde el cambio de Educación, Cultura, Deporte, Social entre otros, pero para que esto se pueda hacer realidad necesita un CONTROL donde se identifiquen los Pro y Contra de estos para poder alcanzar los objetivos propuestos al igual que el Proyecto Simón Bolívar y así poder conseguir la suprema felicidad posible que es lo que se busca.

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  25. Segun la Ley se promulgaron las reglas para las contrataciones del estado, donde establece la responsabilidad de las empresas, donde compromete al contratista a cúmplir con los proyectos de responsabilidad socíal. Es el compromiso socíal el ente ejecutante de cualquier obra, es un vinculo fuerte que tiene el estado con el poder comunal que busca desarrollar la participación de los ciudadanos

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  26. SOY MARINA DEL CARMEN SALAS
    CEDULA DE IDENTIDAD 14.459.532
    COMENTARIO SOBRE EL COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL.
    SEGUN LOS ARTICULOS 34, 35, 36, 38 Y 41 REGLAMENTADOS POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, SOBRE EL COMPROMISO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL, REGULAN A LAS EMPRESAS A DESARROLLAR TODA OBRA, PRESTACION DE SERVICIO, SUMINISTRO DE BIENES BAJO EL COMPROMISO SOCIAL DE UNO PORCIENTO (1%) Y UN MAXIMO DE CINCO PORCIENTO (5%) PARA LOS CONTRATISTAS. Y ASI COMO TAMBIEN NOS GARANTIZA UN COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN EL PLAZO DE SU EJECUCION, TERMINACION Y SATISFACCION DE TODOS LOS PROYECTOS SOCIALES QUE NOS OFRECEN DICHOS ARTICULOS PARA EL BIENESTAR DE TODOS LOS VENEZOLANOS Y VENEZOLANAS EN NUESTRO PAIS.

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  27. A mi modo de ver las cosas la responsabilidad social siempre se le ha exigido a las empresas privadas, en años anteriores las empresas, tanto productivas como de servicios estaban obligadas a realizar una acción social, muchas de estas empresas sobre todo las de producción, lo hacían con la finalidad de ser exoneradas de impuestos ya que el estado las privilegiaba por realizar dicha obra de caridad por decirlo así. Un ejemplo palpable de estas empresas son las fabricantes de cigarrillos las cuales realizan actividades de reforestación, mantenimiento en algunos parque y desarrollando culturalmente los pueblos supuestamente. Pero en realidad el daño al ambiente y al ser humano es inminente. También se puede decir una realidad existente con respectos a las contratistas que realizan obras publicas, en la cuales existe un guiso por decirlo así, la empresa por ganar la licitación preocupa ofrecer un porcentaje al director o gerente de cualquiera institución, llámese alcaldía, gobernación, entre otros, con la finalidad de favorecer económicamente pero en este caso a una sola persona.

    Para mi entender este reglamento fue promulgado por el Presidente de la Republica Hugo Rafael Chávez Fría, para regular y evitar que se cometa los mismo errores de los años anteriores, es decir, que a través de este regalemento las empresas que se beneficien del dinero del pueblo, lo retribuyan pero en proyectos que de verdad llegue a las comunidades que beneficien a la colectividad y no a un grupo de personas.

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  28. La responsabilidad social (RS)es un compromiso que asumimos todas las personas u organizaciones que se comprometen con la sociedad para iniciar acciones que generen un impacto positivo en la sociedad o el medio ambiente; acciones que se traduzcan en mejorar la calidad de vida, en alcanzar la equidad y en reducir la exclusión.

    Cuando el compromiso es asumido por una empresa se habla de responsabilidad social empresarial (RSE) y debe evidenciarse en la responsabilidad con la que asume el impacto de sus actividades dentro de una sociedad y en el medio ambiente.Se trata, simplemente, de integrar de forma voluntaria por parte de las empresas y de todo tipo de organizaciones, sean públicas o privadas, aspectos sociales y medioambientales en las relaciones económicas, responsabilizándose de esa forma de las consecuencias y de las acciones que se derivan de sus acciones.

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  29. HUMBERTO RAMIREZ ABREU:
    La mayoría de las definiciones de la responsabilidad social de las empresas entienden este concepto como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores.

    Ser socialmente responsable no significa solamente cumplir plenamente las obligaciones jurídicas, sino también ir más allá de su cumplimiento invirtiendo «más» en el capital humano, el entorno y las relaciones con los interlocutores. La experiencia adquirida con la inversión en tecnologías y prácticas comerciales respetuosas del medio ambiente, sugiere que ir más allá del cumplimiento de la legislación puede aumentar la competitividad de las empresas. La aplicación de normas más estrictas que los requisitos exigidos por la legislación del ámbito social, por ejemplo en materia de formación, condiciones laborales o relaciones entre la dirección y los trabajadores, puede tener también un impacto directo en la productividad. Abre una vía para administrar el cambio y conciliar el desarrollo social con el aumento de la competitividad.

    A pesar de que, hasta ahora, el fomento de la responsabilidad social ha correspondido fundamentalmente a algunas grandes empresas o sociedades multinacionales, ésta es importante en todos los tipos de empresa y todos los sectores de actividad, desde las PYME a las empresas nacionales. El aumento de su puesta en práctica en las pequeñas y medianas empresas, incluidas las microempresas, es fundamental, porque son las que más contribuyen a la economía y a la creación de puestos de trabajo. Aunque muchas PYME ya han asumido su responsabilidad social, sobre todo a través de su participación a nivel local, una mayor sensibilización y un apoyo más importante a la difusión de las buenas prácticas podría contribuir a fomentar la responsabilidad social entre este tipo de empresas.

    La RSE va más allá del altruismo. No quiere ser filantropía pura (la clásica donación desinteresada que no tiene relación con las actividades de la empresa), ni tampoco filantropía interesada (la donación de productos de la empresa con el fin, encubierto o no, de promocionarlo), prácticas éstas que no son sostenibles en el tiempo, ni guardan relación con la acción misma de la organización, sin una visión integral de la empresa y su relación con la sociedad. En otros términos, la inversión social que hacen las empresas es mucho más que mero altruismo o filantropía; es también una inversión muy rentable, que no sólo beneficia a las personas necesitadas a la que va dirigida, sino también a las organizaciones que la ofrecen.

    Se puede definir la Responsabilidad Social como aquél conjunto de acciones por las que las empresas deciden contribuir voluntariamente a mejorar la sociedad y a preservar el medio ambiente. A través de estas acciones, las empresas toman conciencia del impacto que su acción tiene sobre la sociedad y expresan su compromiso de contribuir al desarrollo económico y al bienestar de la colectividad.

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  30. Yelitza.

    Con la promulgación de este Reglamento se da el carácter de obligatoriedad de la Responsabilidad Social que deben tener las Empresas Contratistas con el Estado en beneficios de las comunidades organizadas.

    Este a sido de gran importancia ya que abre el camino a la ejecución de Proyectos Sociales con el fin de cubrir las necesidades de las comunidades ubicadas en el área donde se desarrolle la obra y porque garantiza mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

    Sin duda alguna, mas alla de existir un interes por parte de los contratistas sean estos de carácter publico o privado es un compromiso social, economico y ambiental que permite una interrelación Estado-Contratista-Comunidad para fortalecer el desarrollo de nuestro país.

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  31. Sandra Piña. Con referencia a lo anterior leido, resulta oportuno agregar, que el Presidente de la República Hugo Chavez Frias, en la promulgación del reglamento para las contrataciones del estado, el cual establece como objetivo principal la obligación en cuanto a la responsabilidad de culminación de obras por las empresas elegidas, favorece a todas aquellas contrataciones que de alguna forma no han sido culminadas, además de todas aquellas ejecuciones de obras que estan programadas. Pienso que con la implantación de esta ley tenderá a disminuir en nuestro pais un mayor porcentaje de corrupción que actualmente existe en nuestro pais en cuanto a la culminación de programas o infraestructuras. Un ejemplo muy real lo tenemos dentro de los mismos Consejos Comunales, ya que la mayoria de los Proyectos propuestos por los mismos y aprobados por el Ejecutivo Nacional como por ejemplo: Construcción de Casas, Red de aguas Blancas y Negras, etc, de acuerdo con las empresas contratistas elegidas.Han contribuido a corrupción ya que han dejado las obras a medias y se han robado el dinero dejando al Pueblo en la misma pobreza. Lo que indica que si esta ley se cumple tal y como se ha propuesto en estos articulos, nuestro pais surgiria en cuanto a los niveles de pobreza y de deterioro que poseen todas aquiellas comunidades que le han dejado sus obras sin culminar, y que para nadie es un secreto que no han sido castigado ni el primero por estos delitos.

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